Las cartas invitación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) no son un acto de fiscalización sino una invitación para aclarar diferencias o situaciones que comúnmente se derivan del análisis de la información contenida en las bases de datos que posee la autoridad fiscal en sus sistemas.
El SAT envía la carta invitación vía buzón tributario, y el contribuyente tiene que cumplir sus obligaciones, aclarar las discrepancias detectadas o autocorregirse, dependiendo del motivo de la carta.
De acuerdo con el artículo 33 del Código Fiscal de la Federación (CFF), el SAT tiene la atribución de orientar y auxiliar a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Las cartas invitación son documentos emitidos y enviados por el SAT que promueven en los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o les informan sobre inconsistencias detectadas o de supuestos comportamientos atípicos.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) detalla que en la mayoría de los casos, las cartas invitación llegan vía correo electrónico, mediante llamadas telefónicas pregrabadas o directas, o por el Buzón Tributario.
Asimismo, la Procuraduría detalló que se les envía a los contribuyentes la carta de invitación del SAT por inconsistencias en los Certificados de Sellos Digitales (CFDI) o en la nómina, al igual cuando este no cancelan de forma correcta el timbrado.
Cuando las personas físicas o morales reciban una carta invitación o exhorto, mediante la cual autoridades del SAT les soliciten acreditar el cumplimiento en la presentación de declaraciones a que está sujeto de conformidad con las disposiciones fiscales aplicables, por algún impuesto, concepto, periodo y ejercicio, dichas personas podrán realizar la aclaración correspondiente ante la Administración Desconcentrada de Recaudación más cercana a su domicilio fiscal. Esto último de acuerdo con lo establecido en la ficha de trámite 128/CFF “Aclaración de requerimientos o carta invitación de obligaciones omitidas”, contenida en el Anexo 1-A.
Cabe aclarar que lo dispuesto en la citada regla no será aplicable tratándose de las cartas invitación o exhortos emitidos por la Administración General de Grandes Contribuyentes.
¿Cuándo se presentan aclaraciones a cartas invitación del SAT?
De acuerdo con el SAT, las aclaraciones a cartas invitación se presentan dentro de los 15 días posteriores a la recepción del requerimiento emitido por la máxima autoridad fiscal.
¿Cómo consultar si la carta invitación fue generada por el SAT?
El SAT cuenta con una herramienta de consulta que, al capturar el número de la invitación recibida, al contribuyente le permite validar si una carta invitación fue elaborada o no por el área de cobro persuasivo de esta dependencia.
Esta herramienta sirve para poder consultar si las cartas invitación realmente fueron generadas por el SAT, la pueden usar todas las personas físicas o morales. Para usarla debes entrar en el siguiente enlace y seguir los siguientes pasos:
Da clic en el botón “Iniciar”
Elige la opción que deseas validar
Captura el número de la carta invitación
Da clic en “Buscar” y obtén el resultado de la validación
Esto permite a los contribuyentes validar en línea que las acciones realizadas mediante el cobro persuasivo del SAT son verdaderas, con el fin de disminuir posibles actos de corrupción y dar certeza de la autenticidad de las cartas invitación.
¿Cómo presentar aclaración a carta invitación del SAT?
En ese sentido, personas físicas o morales pueden presentar su aclaración en el portal del SAT, cuando no estén de acuerdo con la información contenida en una carta invitación. Para ello, entra al siguiente enlace.
Da clic en el botón “Iniciar” e ingresa tu RFC y contraseña
Localiza la opción “Servicios por Internet”, después ingresa al apartado “Aclaraciones”, y por último a la opción “Solicitud”
Elige el trámite “Requerimiento Control de Oblig”.
Captura brevemente el motivo de tu declaración
Adjunta archivos en formato PDF de los documentos que soporten tu aclaración y del requerimiento de obligaciones que te notificó la autoridad o carta invitación de obligaciones omitidas
Da clic en el botón “Enviar”
Anota o conserva el número de folio proporcionado por el SAT de tu aclaración; te servirá para dar seguimiento a la misma
Con información del CONTRIBUYENTE
https://www.elcontribuyente.mx/2022/09/como-responder-una-carta-invitacion-del-sat
Comments