Poseer los elementos de comprobación del cumplimiento de las obligaciones a cargo del patrón puede evitar multas que en muchas ocasiones son sumamente elevadas
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social lleva a cabo acciones para vigilar el cumplimiento de las obligaciones en materia laboral a cargo de los patrones, mediante inspecciones ordinarias y extraordinarias en los centros de trabajo; las cuales pueden versar sobre el cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene aplicables dependiendo de las actividades que se realizan en el centro de trabajo, o el cumplimiento en materia de capacitación y condiciones trabajo.
Ahora bien, poseer los elementos de comprobación del cumplimiento de las obligaciones a cargo del patrón puede evitar multas que en muchas ocasiones son sumamente elevadas. Por tal motivo es importante que las empresas cuenten con los soportes documentales, para poder así acreditar con elementos probatorios el cumplimiento de las obligaciones.
Algunos ejemplos de estos soportes documentales son: a) la integración de las Comisiones de Seguridad e Higiene; b) la Comisión Mixta de Productividad; c) la de Capacitación y Adiestramiento; d) en caso de resultar utilidad a repartir se deberá integrar la Comisión para el Reparto de Utilidades; e) la Comisión Mixta para la elaboración del cuadro general de antigüedades; f) contar con los contratos individuales de trabajo, los recibos de nómina en donde se acredite el pago de salario, de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional; g) en caso de generar utilidad a repartir, el recibo correspondiente al reparto de utilidades; h) se deberá acreditar también el cumplimiento de inscripción de los trabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social, esto como medida de cumplimiento en condiciones de trabajo; i) en materia de capacitación, se deberá acreditar el cumplimiento en la elaboración de los Planes y Programas de Capacitación, así como el control y registro de las constancias de capacitación; j) y en cuanto a las medidas de seguridad e higiene, es importante llevar una bitácora de programación de recorridos y las acciones a tomar a fin de garantizar las condiciones seguras para los trabajadores que laboran en el centro de trabajo, así como realizar las investigaciones de los accidentes de trabajo ocurridos con la finalidad de implementar medidas que contribuyan a la prevención de accidentes o enfermedades del trabajo.
Cabe mencionar que al atender una orden de inspección, durante el desahogo de esta, es primordial que se muestre al inspector, en la mayor medida posible, el cumplimiento de las medidas a observar por parte de la autoridad; ya que en caso de incumplimiento, por ejemplo en caso de no acreditar que se proporciona capacitación y adiestramiento a los trabajadores, el patrón podría ser sancionado de acuerdo a lo establecido en el Artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo específicamente en la fracción IV en la cual la multa podría ser de 250 a 5000 Unidades de Medida y Actualización, lo cual nos daría un monto de $24,055.00 hasta $481,100.00.
Por ese motivo, la sugerencia para evitar caer en incumplimiento es formar un expediente de fácil acceso en donde se cuente con la integración de los soportes documentales ya mencionados.
Hilda Araceli Talamantes Rodríguez
Abogada Especialista en Derecho Laboral
Asociada del área Laboral
SOCIIS Abogados
Comments